El Congreso aprobará hoy jueves 1 de octubre la reforma de las leyes de Enjuiciamiento Criminal y Civil
Límites a la instrucción, medidas contra la ‘pena de telediario’ y eliminación del papel en los Juzgados, entre las novedades normativas.
El Pleno, además de culminar hoy la tramitación de nueve leyes, entre ellas LECrim y LEC; está debatiendo, desde las 9,00 horas, la Proposición de reforma de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, para la ejecución de las resoluciones del Tribunal Constitucional como garantía del Estado de Derecho, impulsada por el Grupo Popular, y las enmiendas presentadas por los grupos. En caso de obtener la mayoría absoluta que requiere por su carácter orgánico continuará su tramitación en el Senado.
El Congreso de los Diputados aprobará hoy, de forma definitiva, dos nuevas reformas legislativas de las impulsadas por el Ministerio de Justicia, en este caso las de las de Leyes de Enjuiciamiento Criminal y Enjuiciamiento Civil que introducen novedades como los límites a la instrucción, las medidas contra la ‘pena de telediario’ o la eliminación del papel en los Juzgados.
El visto bueno de las nuevas normas por parte de la cámara baja contará con la presencia en el hemiciclo del Ministro de Justicia, Rafael Catalá.
La modificación de la LECrim impone a los Jueces plazos para instruir y modifica el término judicial ‘imputado’, que pasará a denominarse ‘investigado’ en una primera fase y ‘encausado’ si se mantiene la acusación a medida que avanza la investigación.
La norma –que no entrará en vigor hasta que se cumplan dos meses de su publicación en el BOE– se ha dividido en dos proyectos de ley, una orgánica y otra ordinaria, y también incluyen modificaciones dirigidas a evitar la conocida como ‘pena de telediario‘ por la difusión en los medios de imágenes de los detenidos durante su arresto y traslado posterior.
La reforma prevé un periodo ordinario de seis meses de instrucción en causas sencillas y de 18 en complejas, con la posibilidad de prorrogarlo hasta los 36 meses. Aunque en un principio dejaba en manos de la Fiscalía el control de la duración de las causas, esta iniciativa se eliminó durante el trámite parlamentario.
También en la fase de tramitación, el PP incorporó cambios en el nuevo artículo que regula la protección de la imagen, el honor y la intimidad de los detenidos en el momento en que se practique su arresto y en los traslados posteriores, con la intención de «asegurar el respeto a sus derechos constitucionales» y evitar lo que se ha dado en llamar ‘pena de Telediario‘. Introdujo cambios en la redacción de la disposición para garantizar el derecho a la información y aclarar que no prohíbe, en ningún caso, la grabación y difusión de imágenes de los detenidos.
Intenta, además, evitar la macrocausas a través de un sistema –«la regla de conexidad«– que favorece su separación en distintas piezas, con la intención de reducir los tiempos de instrucción.
La LECrim aporta también novedades en cuanto a la incomunicación de los detenidos. Los jueces tendrán que justificar en un auto la aplicación de esta medida y los arrestados incomunicados deberán ser sometidos a dos revisiones médicas cada 24 horas. Los menores de 16 no podrán quedar detenidos bajo este régimen.
El texto ahonda en la investigación tecnológica e introduce la figura del agente encubierto en Internet, que podrá emplear identidad falsa. Se amplía la interceptación de comunicaciones que afectará ahora a WhatsApp, SMS y escuchas ambientales.
Otras de las modificaciones afectan a los atestados sin autor conocido, que ya no generarán la apertura de diligencias judiciales, y a la ampliación del decomiso. La nueva LECrim crea una segunda instancia penal que permitirá a los tribunales superiores de Justicia revisar sentencias dictadas por las audiencias provinciales y dota a la Audiencia Nacional de una Sala de Apelación que se ocupará de las dictadas por este tribunal.
Papel cero
Por su parte, la reforma del Enjuiciamiento Civil marca la obligación de que los Juzgados trabajen exclusivamente a través de medios electrónicos a partir del 1 enero de 2016. La reforma pretende la implantación del uso de las tecnologías de la información y la comunicación en diferentes trámites y procesos judiciales.
Así, se obliga por ley a que las comunicaciones entre profesionales de los órganos judiciales se realicen de forma exclusiva a través de medios informáticos a partir del próximo año y en todos los órdenes jurisdiccionales.
Además, los jueces podrán emplear datos de correo electrónico y de número de teléfono para localizar a los demandados. De esta forma, el Ministerio de Justicia defiende que se hará habitual en la Administración de Justicia la recepción electrónica de las notificaciones que hasta ahora se recibían en papel. Además, se podrá informar mediante aviso por SMS al teléfono móvil de la persona interesada de que se le ha de practicar una notificación.