Se publica en BOE, 19 de Junio de 2024, Orden PJC/610/2024, de 11 de junio, por la que se aprueba la relación provisional de personas admitidas y excluidas en el proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, mediante oposición, en el Cuerpo de Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, convocado por Orden PJC/64/2024, de 25 de enero.

Finalizado el plazo de presentación de instancias, y de conformidad con lo establecido en el artículo 20 Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia, aprobado por Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre,

Este Ministerio ha resuelto:

Primero.

Aprobar las relaciones provisionales de personas aspirantes admitidas y excluidas en las pruebas selectivas para el acceso, por el sistema general de acceso libre, mediante oposición, en el Cuerpo de Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, convocado por Orden PJC/64/2024, de 25 de enero, y publicar en el anexo I las relaciones provisionales de personas aspirantes excluidas, con indicación de las causas de exclusión que se relacionan en el anexo II.

Segundo.

Las listas certificadas completas quedarán expuestas al público en la página web del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes (www.mjusticia.es), en las páginas web de las comunidades autónomas que convoquen plazas, y en el punto de acceso general (www.administracion.gob.es). En todo caso, las personas aspirantes deberán comprobar no sólo que no figuran en la relación de excluidas sino, también, que sus nombres y demás datos constan correctamente en la relación de admitidas.

Tercero.

Tanto las personas aspirantes excluidas como las omitidas por no figurar en las listas de admitidas ni en la de excluidas, podrán subsanar los defectos que hayan motivado su exclusión o su omisión en las listas, en el plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta orden en el «Boletín Oficial del Estado». La subsanación de la solicitud o, en su caso, la modificación de los datos de la misma, deberá realizarse online a través de la aplicación de Inscripción en Pruebas Selectivas (IPS) del Punto de Acceso General (https://ips.redsara.es/IPSC/secure/buscarConvocatoriasSubsanar#convocatoriasSubRef).

Las personas aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen la exclusión o aleguen la omisión justificando su derecho a ser incluidas en la relación de personas admitidas, serán definitivamente excluidas de la realización de las pruebas.

Cuarto.

La inclusión de aspirantes en esta relación de personas admitidas a las pruebas selectivas, por el turno general y por el cupo de reserva para personas con discapacidad no supone en ningún caso el reconocimiento por parte de la Administración de que los mismos reúnen los requisitos generales o particulares exigidos en la respectiva orden de convocatoria. La acreditación y verificación de éstos tendrá lugar para los aspirantes que superen el proceso selectivo, antes de su nombramiento como funcionarios, tal y como se indica en el artículo 23 del Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia; y en la base octava de la Orden de convocatoria.

Quinto.

Finalizado el plazo de subsanación se elevarán a definitivas las relaciones de personas aspirantes admitidas y excluidas, exponiéndose para su total difusión en los mismos lugares que las provisionales.

Sexto.

Convocar a las personas aspirantes admitidas para la realización del ejercicio en llamamiento único el próximo día 28 de septiembre de 2024, a las 9:00 horas (8:00 horas en Canarias). Los lugares concretos de celebración del ejercicio de este proceso selectivo se publicarán en la resolución por la que se aprueben las relaciones definitivas de personas aspirantes admitidas y excluidas.

Relación de las causas de exclusión

A: No presentar modelo de instancia normalizado o no presentarla por vía telemática con las excepciones de la convocatoria.

B: Ausencia de firma en la instancia, o no cumplimentar datos personales esenciales de la instancia.

C: Presentar instancia fuera de plazo o fecha no legible.

D: No abonar tasa de examen, abonar fuera de plazo.

E: Pago insuficiente tasa de examen, o no acreditar exención o reducción.

F: No tener o no acreditar rentas inferiores al salario mínimo interprofesional o no haber sido posible su verificación por la Administración.

G: No acreditar condición legal y grado de discapacidad según bases comunes o no haber sido posible su verificación por la Administración.

H: No acreditar categoría de familia numerosa que corresponda o no haber sido posible su verificación por la Administración.

I: No presentar certificado del servicio público de empleo estatal en los términos de las bases comunes de las convocatorias o no haber sido posible su verificación por la Administración.

J: No acreditar condición de víctima de terrorismo y/o parentesco con la misma, según bases comunes de la convocatoria.

K: No tener el título exigido, no especificarlo o no ser equivalente.

L: Haber alcanzado la edad de jubilación forzosa, no especificar fecha de nacimiento o especificar fecha de nacimiento errónea.

M: Optar por un ámbito, sede de examen o sistema de acceso no convocado, o no especificar ámbito o sede de examen.

N: No tener la nacionalidad española.