Se publica en BOE 7 de febrero Resolución de 2 de febrero de 2024, de la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia, de la Consejería de Presidencia, Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad, por la que se corrigen errores en la de 16 de enero de 2024, por la que se publica la relación de plazas correspondientes al ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias que se ofrecen a las personas aprobadas en el proceso selectivo para ingreso en el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, turno libre, convocado por Orden JUS/1254/2022, de 7 de diciembre
Antecedentes de hecho
Único.
Este Centro Directivo ha advertido errores materiales en la Resolución de 16 de enero de 2024, de la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia, de la Consejería de Presidencia, Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad, por la que se publica la relación de plazas correspondientes al ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias que se ofrecen a las personas aprobadas en el proceso selectivo para ingreso en el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, turno libre, convocado por Orden JUS/1254/2022, de 7 de diciembre, publicada en el BOE número 20, de 23 de enero de 2024, consistentes en la inclusión en el anexo I entre las plazas desiertas a las personas aspirantes que han superado el proceso selectivo para ingreso por el sistema general de acceso libre el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa la relativa a la de la Audiencia Provincial, sección n.º 6 Penal, de Santa Cruz de Tenerife, que fue adjudicada a un aspirante que superó el proceso selectivo para ingreso en el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, turno promoción interna, convocada por Orden JUS/242/2022, de 24 de marzo, así como la no inclusión en el anexo I entre las plazas desiertas ofertadas a las personas aspirantes que han superado el proceso selectivo para ingreso por el sistema general de acceso libre el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa la relativa a la del Juzgado de lo Penal n.º 6 Penal, de Santa Cruz de Tenerife, ofertándose una plaza cuando deberían ser dos.
Teniendo en cuenta los siguientes
Fundamentos de Derecho
Único.
Según lo previsto en el artículo 109.2 de la Ley 39 /2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, estas podrán rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho, o aritméticos existentes en sus actos.
Vistos los antecedentes y fundamentos de derecho indicados, esta Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia en virtud de las competencias atribuidas, resuelve:
Único.
Corregir los errores materiales detectados en el anexo I de la Resolución de 16 de enero de 2024