Principios de selección del Cuerpo de Auxilio Judicial
La Ley Orgánica del Poder Judicial regula en su Libro VI los principios básicos que rigen la selección del personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia. El Reglamento General de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal funcionario al Servicio de la Administración de Justicia, aprobado por Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, desarrolla estos principios.
El ingreso en los Cuerpos de la Administración de Justicia se llevará a cabo mediante los sistemas de oposición, que es el sistema ordinario o excepcionalmente, de concurso oposición libre. En ambos casos se garantizarán los principios de igualdad, mérito y capacidad, así como, el de publicidad. Los procesos de selección incluirán siempre un curso teórico práctico o periodo de prácticas que tendrán carácter selectivo. Para ello los aspirantes que superen la oposición o concurso-oposición serán nombrados funcionarios en prácticas.
La Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para el ingreso o el acceso en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado y por el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos. Se regulan en ellos los requisitos de acceso, el modo de presentación de solicitudes, los plazos, los Tribunales y el desarrollo general de los procesos selectivos.
Las pruebas selectivas se convocan con periodicidad anual e incluyen las plazas que hayan sido autorizadas en la Oferta de Empleo que elabora el Ministerio de Administraciones Públicas y se publica en el BOE entre los meses de junio y julio de cada año natural.
En todas las convocatorias se reservará un cupo no inferior al 5 por ciento de las vacantes para ser cubiertas con personas con discapacidad en grado igual o superior al 33 por ciento, que acrediten el grado de discapacidad y la compatibilidad para el desempeño de las funciones.
El contenido del temario así como las pruebas a realizar son únicos en todo el territorio del Estado, aunque las plazas ubicadas en el territorio de las Comunidades Autónomas con traspasos recibidos se ofertarán por el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de que se trate, y en caso de quedar vacantes, no podrán acumularse a otro ámbito territorial diferente.