El Ministerio de Justicia ha publicado en su página Web el presente ACUERDO del TRIBUNAL CALIFICADOR ÚNICO de TRAMITACIÓN PROCESAL (TURNO LIBRE), referente a las alegaciones que los opositores realizaron sobre la plantilla provisional de respuestas:

Primero.- Recibidas las alegaciones presentadas por los aspirantes a la plantilla provisional de respuestas válidas del primer y segundo ejercicio, este Tribunal procede a anular la siguiente pregunta:

Pregunta nº 31 del Modelo A (83 del Modelo B), ya que la opción b), planteada como correcta, puede inducir a error por estar incompleta, al referirse al “tratamiento” en lugar de al “consentimiento para el tratamiento”.

Conforme a lo establecido en la Orden de convocatoria, se sustituye por la pregunta de reserva nº 101.

Segundo.- Como ya se comunicó oportunamente:

Pregunta nº 95 del Modelo A (47 del Modelo B), la opción correcta es la b), ya que se ha producido un error material en el cuestionario-test.

Tercero.- Desestimar el resto de las impugnaciones presentadas al carecer de fundamento jurídico suficiente para proceder a su anulación y ajustarse a la normativa vigente, así como al programa de la convocatoria.

Cuarto.- En breve plazo, la plantilla de respuestas definitiva se hará pública, una vez se resuelva el recurso de alzada interpuesto contra el acuerdo del Tribunal sobre modificación del orden de determinadas preguntas del modelo B, ya que el resultado del recurso podría alterar la forma de corrección del examen.