En el día de hoy, en el Boja número 49, se convoca la Bolsa de Interinos para el ámbito de Andalucía.

La Dirección General de Oficina Judicial y Fiscal de la Consejería de Justicia e Interior, en la Resolución de 7 de marzo de 2016 convoca las bolsas provinciales de personal funcionario interino de los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, de Tramitación Procesal y Administrativa, de Auxilio Judicial y la del Cuerpo de Médicos Forenses, al servicio de la Administración de Justicia en Andalucía.

Esta convocatoria tiene por objeto la constitución de las bolsas provinciales de los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa, Auxilio Judicial y la del Cuerpo de Médicos Forenses, al servicio de la Administración de Justicia en Andalucía mediante la selección ordenada de las personas interesadas que cumplan los requisitos de participación y presenten sus solicitudes de acuerdo con lo establecido en las bases de la misma.

El número máximo de integrantes por cuerpo y provincia es el que se detalla a continuación:

Bolsa

Los requisitos para la inclusión en la bolsa de trabajo. son:

  1. Para poder ser incluidas en las bolsas de personal funcionario interino, las personas solicitantes deberán reunir los requisitos establecidos en el artículo 4 de la Orden de 2 de marzo de 2015 referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, que deberán mantenerse durante todo el periodo de vigencia de las bolsas, que se reproducen a continuación:
  • Tener nacionalidad española.
  • Ser mayor de 16 años.
  • Encontrarse en pleno ejercicio de sus derechos civiles.
  • No exceder de la edad de jubilación prevista para el personal funcionario.
  • Estar en posesión de la titulación necesaria para el acceso a cada uno de los cuerpos de conformidad con la legislación vigente, en la forma que a continuación se determina:
  1. Para los puestos del Cuerpo de Médico Forense: Licenciatura en Medicina o equivalente.
  2. Para los puestos del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa: Diplomatura Universitaria o Grado, Ingeniería Técnica, Arquitectura Técnica o equivalente.
  3. Para los puestos del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa: Título de Bachillerato o Técnico o Técnica o equivalente.
  4. Para los puestos del Cuerpo de Auxilio Judicial: Título de Graduado o Graduada en ESO o equivalente.
  • No haber sido separado del servicio de alguna Administración Pública en vía disciplinaria o judicial, salvo que hubiera sido debidamente rehabilitado.
  • No hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
  • No hallarse incurso en causa de incompatibilidad.
  • No haber sido condenado por delito doloso, salvo que hubiera sido debidamente rehabilitado.
  • Figurar inscritas en los servicios públicos de empleo como demandante de empleo o mejora del mismo, excepto aquellas personas que se encuentren trabajando como personal funcionario interino en la Administración de Justicia.
  • No padecer defecto físico o enfermedad psíquica o física, o cualquier otra circunstancia que lo incapacite para el desempeño de las funciones propias del Cuerpo.
  1. Para formar parte de las bolsas de personal funcionario interino deberá reunirse, además de los anteriores, alguno de los siguientes requisitos:
    1. Haber superado alguno de los ejercicios de los procesos selectivos para el ingreso en los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial, a excepción del Cuerpo de Médicos Forenses que deberán acreditar haberse presentado a las convocatorias del mencionado Cuerpo.
    2. Haber prestado servicios durante un periodo mínimo de 360 días naturales en los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa, Auxilio Judicial o de Médicos Forenses.

El periodo de prestación de servicios en cada uno de los Cuerpos permitirá el acceso a la bolsa de trabajo correspondiente.

Los ejercicios superados y la experiencia adquirida en los extintos Cuerpos de Oficiales, Auxiliares y Agentes de la Administración de Justicia serán asimilados a los de los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial, respectivamente.

Con respecto al plazo de presentación de solicitudes y documentación acreditativa:

1. La solicitud de inclusión en las bolsas de trabajo, que será única para cada cuerpo conforme al modelo establecido en el anexo I a la presente convocatoria, se podrá presentar, desde el día siguiente al de publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía hasta el 18 de abril de 2016, inclusive, por las siguientes vías:

  1. Por vía internet, a través del acceso a la correspondiente aplicación telemática, se podrá presentar por los interesados a través del Registro Telemático Único.
  2. En el registro general de las Delegaciones del Gobierno de la Junta de Andalucía correspondientes, o en los lugares y por los medios indicados en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como en el artículo 82.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

2. Cada solicitud de inclusión en las bolsas de trabajo, en la que constará la autobaremación efectuada por cada solicitante, deberá ir acompañada, a excepción de aquellos méritos que figuren inscritos en el Registro General de Personal de la Junta de Andalucía cuya aportación no será necesaria y de la forma que se detalla en las bases quinta y sexta, de la siguiente documentación:

  1. Documento acreditativo de la titulación exigida para el ingreso en cada cuerpo, o del justificante de haber abonado las tasas para su expedición.
  2. Documento acreditativo de la inscripción en los Servicios Públicos de Empleo como demandante de empleo o de mejora del mismo, excepto aquellas personas que se encuentran trabajando como personal funcionario interino en la Administración de Justicia.
  3. Documento acreditativo de la condición de persona discapacitada, así como de la capacitación funcional para el cuerpo en cuya bolsa solicita su inclusión, expedido por el organismo público competente, en aquellos supuestos en los que la persona solicitante aspire a su inclusión en la bolsa por el cupo de discapacidad.
  4. Documento acreditativo de haber superado ejercicios de las pruebas selectivas del cuerpo en el que solicita su inclusión o, en el caso de que se hubiesen superado pruebas desde 1997 en el ámbito de la comunidad andaluza, declaración responsable de este extremo, indicando el año de convocatoria.
  5. Documento acreditativo de la experiencia adquirida que se alega, salvo aquellas personas solicitantes que aleguen como experiencia exclusivamente los períodos inscritos en el Registro General de Personal de la Junta de Andalucía hasta la fecha del fin de plazo de presentación de solicitudes, para ello podrán presentar copia de la hoja de acreditación de datos personales.
  6. Documento acreditativo de la formación adquirida y titulaciones académicas que se aleguen como mérito baremable.

3. En cualquier caso, la persona interesada podrá presentar copias auténticas de documentos administrativos y copias autenticadas de documentos privados y públicos.

La documentación referida al cumplimiento de los requisitos y justificantes de los méritos han de poseerse en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

No será necesario aportar la documentación arriba reseñada si consta inscrita en el Registro General de Personal de la Junta de Andalucía y así se indica expresamente en la solicitud.

En caso de falsedad o manipulación de algún documento, decaerá el derecho a la participación en la presente convocatoria, con independencia de la responsabilidad a que hubiere lugar. La documentación ha de ser legible, descartándose aquella de la que no pueda desprenderse la información que se pretende documentar.

4. Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, no se admitirá documentación ni justificación de méritos no alegados con la solicitud.

En el caso de que un mismo participante presentara más de una solicitud para cada cuerpo, sólo surtirá efectos la última de las presentadas dentro del plazo de presentación de solicitudes.

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