Esta Jornada Formativa a la que os invitamos a acudir nace con el propósito de ilustrar, acercar y dar luz a la situación, no ya futura, sino presente en la que nos encontramos en la Administración de Justicia.
Los antecedentes más recientes de dicha transformación son el Real Decreto-Ley 5/2023, de 28 de junio y Real Decreto-Ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia; culminando este proceso con la aprobación de la Ley Orgánica 1/2025 de eficiencia de la Justicia y su entrada en vigor el pasado 3 de Abril de 2025.
La transformación de la Administración de Justicia que se sujeta en dos pilares fundamentales:
Primero. La nueva estructura de los órganos jurisdiccionales, así como la organización y el funcionamiento de la Oficina Judicial.
Segundo. Modificaciones en la tramitación de los diferentes procedimientos judiciales.
De esta manera, dada la importancia de los temas a tratar, expondremos de la forma más clara posible centrándonos en los siguientes aspectos:
Medidas en materia de eficiencia organizativa del Servicio Público de Justicia para la implantación de los Tribunales de Instancia, las Oficinas de Justicia en los municipios, y el funcionamiento de la nueva Oficina Judicial, visualizando el proceso de transformación de los actuales Juzgados y Tribunales a su nueva denominación y organización, que comenzará próximamente.
Medidas en materia de eficiencia procesal del Servicio Público de Justicia, al objeto agilizar los procedimientos judiciales, tratando de evitar la sobrecarga de trabajo en los Juzgados, potenciando la negociación entre las partes y como requisito de procedibilidad en la mayoría de los procesos judiciales, se instauran:
○ Medios adecuados de solución de controversias en vía no jurisdiccional (MASC)
○ Modificación de leyes procesales:
– Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.
– Ley de Enjuiciamiento Criminal, aprobada mediante el Real Decreto de 14 de septiembre de 1882.
– Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la Jurisdicción Social.
– Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Confirme previamente su asistencia antes del día 22 de Mayo. Aforo limitado.
Estamos seguros de que todos los asistentes obtendrán el máximo aprovechamiento. Os esperamos. Gracias por adelantado.